Nuestra especialización pone al servicio de nuestros clientes más necesitados y en situación de sobreendeudamiento extremo, el poder aprovechar las oportunidades al acogerse al Real Decreto Ley 1/2015, o Ley de Segunda Oportunidad.

En un procedimiento de Ley de Segunda Oportunidad es especialmente importante que se adopte, desde el inicio, la estrategia adecuada para cada caso, y para ello previamente debe estudiarse el patrimonio del deudor y, en su caso, el de su sociedad conyugal (relación matrimonial), así como la tipología de cada una de sus distintas deudas. De las deudas habrá que determinar, además de su cuantía por principal, intereses y otros conceptos, la calificación concursal de cada una de ellas (crédito privilegiado, ordinario, subordinado, etc.).

Todo ello, con el fin de plantear un Plan de Liquidación o un Plan de Pagos que encuentre el óptimo equilibrio entre los requisitos de la Ley Segunda Oportunidad para la exoneración del pasivo, y los intereses del cliente.

Hasta la fecha, nuestro equipo de profesionales ha ayudado a negociar y liquidar deudas que suman más de 8.000.000 de euros. Gracias a nuestros asociados, podemos dar servicio a nivel nacional, presencial y/o telemáticamente. FUTURO SIN DEUDAS puede atenderte con la máxima rapidez, flexibilidad, atención personalizada, confidencialidad y ética. Ofrecemos la mejor receta para ayudarte a encontrar la solución adecuada para tu situación de sobreendeudamiento, gracias a la Ley de Segunda Oportunidad.

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