Gracias a nuestros equipos de profesionales podemos abordar con éxito el concurso de acreedores en la pequeña y mediana empresa. Nuestro método de trabajo contempla un primer objetivo de reflotamiento de negocios durante el proceso concursal o de cierre según su casuística.

Con nuestra metodología y nuestro equipo, incrementamos muy notablemente el porcentaje de éxito en este tipo de situaciones. Sin dejar de lado, la protección del patrimonio del empresario, dándole el mejor asesoramiento tanto en el ámbito jurídico como económico.

La mayoría de las compañías desconoce, que le puede aportar un concurso de acreedores. El empresario no tiene claro en que consiste y cuáles son las obligaciones y los riesgos que tienen que asumir los administradores de las empresas en este proceso.

¿ Qué es un concurso de acreedores ?

Cuando un negocio no tiene la capacidad de atender obligaciones y pagos a acreedores (trabajadores, proveedores, bancos, instituciones, etc,..) existe un procedimiento previsto por ley para solventar este tipo de situaciones, se trata del concurso de acreedores.

Existen dos tipos de situaciones a las que deberá enfrentarse el empresario

· El negocio se encuentra en insolvencia temporal, pero su futuro es viable: Generalmente, en este caso, la empresa tiene una estructura de la deuda inadecuada y no dispone de la liquidez necesaria para pagar a sus acreedores en los plazos acordados. En estas ocasiones, nuestro equipo se centrará en trabajar en una reestructuración de la deuda con bancos, proveedores e instituciones.

· El negocio es totalmente inviable. En este tipo de situaciones, las empresas se encuentran confrontadas a problemas estructurales, operativos e incluso comerciales. En muchas ocasiones más extremas, la compañía dispone de un patrimonio neto negativo. En estos casos la envergadura y el alcance de nuestro trabajo será más extenso pudiendo involucrar a diferentes áreas de la empresa: reajuste de la plantilla de trabajadores, reorganización productiva, reestructuración financiera y/o comercial, etc.

Para dar respuesta a estos dos casos, los administradores se ven obligados a instar concurso de acreedores voluntario, sin más demora, ya que la empresa se encuentra en estado de insolvencia, que definiremos a este nivel como provisional. De no hacerlo así, podría transformarse en un concurso culpable exigiendo responsabilidades legales y económicas al consejo de administración así como a todos sus miembros.

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Concurso de Acreedores

Procesos concursales

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Al comprobar que el administrador está incumpliendo con la obligación de instar concurso, el propio acreedor puede solicitarlo ante el juzgado mercantil, esto es lo que denominamos un concurso necesario. Un concurso de acreedores puede ser voluntario dependiendo de quien lo ha instado en el juzgado:

• Concurso de acreedores voluntario. El deudor con problemas de liquidez inicia el procedimiento judicial de forma totalmente voluntaria.

• Concurso necesario Uno de los acreedores al que no se le ha pagado en forma y plazo una deuda, decide iniciar este procedimiento judicial.

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¿ Qué es un concurso exprés ?

Es muy frecuente que el deudor en situación de insolvencia carezca de bienes suficientes para satisfacer a sus acreedores. De la misma manera, puede que el patrimonio de una sociedad no sea suficiente para satisfacer los créditos contra la masa. En estos casos, resulta de aplicación el artículo 176 bis 4 de la Ley Concursal que permite que el Juez pueda declarar la situación de concurso y decretar su conclusión en un mismo acto. Esto es lo que comúnmente se conoce como concurso exprés.

La gran ventaja del concurso exprés es que permite cerrar definitivamente una empresa endeudada sin tener que pasar por el pesado y farragoso procedimiento concursal en sede judicial. Se evita así, la posibilidad de ser intervenido por la figura de un administrador concursal.

Calificación del concurso

El administrador o administradores de la empresa deben ser muy conscientes de sus responsabilidades en el proceso concursal. Por esta razón es más que recomendable que el empresario se acompañe de un asesoramiento experto, diligente y de calidad. Gracias al informe emitido por el administrador concursal se dictaminará si el anterior administrador de la compañía ha actuado con diligencia o si por el contrario ha incurrido en una conducta irresponsable o dolosa. En ese informe, se calificará el concurso como fortuito o como culpable. En la gran mayoría de los procedimientos concursales la declaración se hace como fortuito.

Es muy importante la diferencia en esta clasificación ya que si el concurso es declarado culpable, las consecuencias legales y económicas pueden llegar a ser peligrosas para el administrador o titular:

INHABILITACIÓN PARA EL CARGO: En caso de calificación culpable el administrador puede ser inhabilitado para el cargo en cualquier entidad o para cualquier cargo durante un plazo fijado entre dos y quince años.

RESPONSABILIDADES PATRIMONIALES: En el caso de una sociedad mercantil, si el concurso es declarado culpable los responsables del mismo pueden ser condenados a responder con su propio patrimonio frente al conjunto de deudas que hayan quedado impagadas.

Para llegar a estos extremos y para que el concurso se considere y declare culpable, se debe demonstrar que la conducta de los responsables de la administración del negocio concursado ha sido dolosa o culposa de manera grave, llevando el negocio a un estado de insolvencia o, al menos, de su empeoramiento.

La Ley concursal prevé que el concurso se declare culpable si:

• Se proporciona documentación falsa o inexacta en el concurso o se creen situaciones ficticias.

• No cumple sus obligaciones en el proceso concursal y obliga al juez a iniciar él, la liquidación.

• No existe contabilidad, existe doble contabilidad o se lleve la contabilidad con irregularidades o con incumplimientos formales.

• Se ocultan bienes o se entorpecen embargos o se apropien, fraudulentamente, de bienes en los dos años anteriores a la presentación del concurso.

• No inicia el procedimiento, estando obligado, o no se colabora en él.

Todas las actuaciones fraudulentas pueden afectar también a los no administradores y cómplices que hayan colaborado.

Estás a sólo
un paso de conseguirlo.

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